Reglamento Interno de la Asociación
Reglamento Interno de la Asociación Mexicana de Radiología Veterinaria (AMRAV)
Documento normativo de aplicación general para todos los agremiados.
CAPÍTULO I: Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto del reglamento
Este reglamento tiene como finalidad regular el funcionamiento operativo y cotidiano de la Asociación, garantizar el cumplimiento de sus fines y establecer mecanismos claros de colaboración, toma de decisiones y resolución de conflictos.
Artículo 2. Aplicación
El presente reglamento es de observancia obligatoria para todos los miembros de la Asociación, sin distinción de categoría.
CAPÍTULO II: Comité Fundador y Junta Directiva
Artículo 3. Naturaleza del Comité Fundador
El Comité Fundador está conformado por los miembros que suscribieron el acta constitutiva de la AMRAV. Este comité tiene carácter rotativo por tres mandatos (9 años en total), según lo establecido en los estatutos.
Artículo 4. Derechos del Comité Fundador
- Tener voz y voto en todas las decisiones estructurales de la Asociación.
- Participar en la formulación de reglamentos internos y resoluciones complementarias.
- Proponer la inclusión de nuevos integrantes por decisión unánime.
- Ser considerados preferentemente como candidatos a cargos de gestión en las primeras tres gestiones directivas.
Artículo 5. Responsabilidades del Comité Fundador
- Supervisar la implementación de los estatutos.
- Acompañar el desarrollo institucional en sus primeros años.
- Preservar la visión fundacional y adaptarla al crecimiento de la Asociación.
- Apoyar y generar la formación del Colegio Mexicano de Radiología Veterinaria.
CAPÍTULO III: Estructura de Comités Técnicos
Artículo 6. División organizativa
La AMRAV podrá organizarse en Comisiones Técnicas y Grupos de Trabajo. Estos podrán estructurarse:
- Por áreas de imagenología: Radiografía, Ultrasonido, Tomografía Computarizada, Resonancia Magnética, Medicina Nuclear, Intervencionismo.
- O por especies: Pequeñas especies, grandes especies, animales exóticos.
Artículo 7. Criterios de creación de comisiones
Cada comisión deberá:
- Tener un mínimo de 3 integrantes.
- Presentar un plan anual de actividades.
- Nombrar una persona responsable (coordinador o presidente).
- Rendir informe de actividades a la Junta Directiva.
Artículo 8. Funciones generales de las comisiones
- Generar contenido académico y técnico.
- Proponer eventos, talleres y publicaciones.
- Representar a la AMRAV en foros especializados.
CAPÍTULO IV: Funcionamiento Interno
Artículo 9. Reuniones
- La Junta Directiva sesionará al menos cada dos meses.
- Las Comisiones Técnicas deberán presentar informe semestral.
- Las Asambleas Generales ordinarias se celebrarán anualmente, dentro del Congreso anual de la Asociación.
- Las Asambleas extraordinarias pueden ser solicitadas por la mayoría de los miembros regulares o por decisión de la Junta.
Artículo 10. Uso de plataformas digitales
Las reuniones podrán realizarse de manera presencial, virtual o híbrida, con previo aviso y registro en acta.
Artículo 11. Quórum y votaciones
Las decisiones se tomarán por mayoría simple, salvo los casos que requieran mayoría calificada según el Estatuto.
CAPÍTULO V: Sanciones y Procedimientos Internos
Artículo 12. Conductas sancionables
Las faltas éticas, el incumplimiento de deberes estatutarios o conductas que perjudiquen la imagen de la AMRAV serán evaluadas por la Junta Directiva.
Artículo 13. Proceso disciplinario
Toda sanción será notificada al interesado, quien tendrá derecho a presentar pruebas y defensa. Se podrá apelar ante la Asamblea General.
Artículo 14. Tipos de sanciones
- Advertencia
- Censura
- Suspensión temporal
- Exclusión definitiva
CAPÍTULO VI: Tipos de Agremiados y Requisitos de Ingreso
Artículo 15. Categorías de miembros
La Asociación Mexicana de Radiología Veterinaria (AMRAV) reconocerá dos categorías principales de afiliados, de acuerdo con su formación académica y profesional:
- Miembros Profesionales: Médicos Veterinarios Zootecnistas titulados que se desempeñan en el campo de la imagenología veterinaria.
- Miembros Estudiantes: Estudiantes de Medicina Veterinaria en cualquier etapa de su formación profesional, interesados en la radiología veterinaria.
Artículo 16. Requisitos para ser Miembro Estudiante
Para pertenecer a la AMRAV como Miembro Estudiante se requiere:
- Constancia de estudios o carta de pasante vigente, expedida por la institución educativa.
- Tres cartas de recomendación académicas o profesionales.
- Llenado del formulario de inscripción y aceptación expresa del Estatuto y el Reglamento Interno.
Artículo 17. Requisitos para ser Miembro Profesional
Para pertenecer a la AMRAV como Miembro Profesional se requiere:
- Título de Médico Veterinario Zootecnista.
- Cédula profesional vigente.
- Tres cartas de recomendación profesionales.
- Llenado del formulario de inscripción y aceptación expresa del Estatuto y el Reglamento Interno.
Artículo 18. Periodo de inscripción inaugural
De manera extraordinaria, y con motivo de la etapa fundacional de la AMRAV, las inscripciones para nuevos miembros se realizarán exclusivamente durante los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2025. Esta medida será válida hasta antes del primer congreso oficial de la Asociación.
Artículo 19. Cuotas de membresía
Las cuotas anuales de membresía para el año 2025 serán las siguientes:
- Miembro Profesional: $3,900 MXN anuales.
- Miembro Estudiante: $3,000 MXN anuales.
Las cuotas deberán ser cubiertas en una sola exhibición al momento de completar el proceso de inscripción. La renovación se realizará anualmente, durante el mes correspondiente a la fecha de alta del miembro.
CAPÍTULO VII: Disposiciones Finales
Artículo 20. Modificaciones al reglamento
Este reglamento podrá ser modificado por la Junta Directiva y aprobado en Asamblea General por mayoría simple.
Artículo 21. Interpretación y vacíos
Cualquier duda sobre la aplicación del presente reglamento será resuelta por la Junta Directiva, conforme a lo estipulado en los estatutos.